El siguiente resumen se presenta como información general y no como asesoría legal específica. Funciona como una guía básica para planes de acciones y planes de compensación diferidos para empresas de capital privado.
Capital Directo
Esta forma de recompensa o gratificación incluye la emisión real de acciones (o intereses en la participación en el caso de una empresa de responsabilidad limitada, LLC por sus siglas en inglés) a uno de los participantes. Por lo general el otorgamiento se maneja como una venta y los valores se devengan con el tiempo para asegurar una continuidad en el servicio o el empleo. En algunos casos, el participante firma un pagaré para cubrir los valores y la factura es amortizada por medio de pagos suplementarios a lo largo de la vigencia del pagaré. En otras ocasiones, el pagaré se perdona con el tiempo dependiendo del desempeño. La caracterización de los pagos puede resultar en distintas consecuencias fiscales para el participante. Por lo general, si se asocia la responsabilidad por el impuesto sobre la renta los bonos se otorgan de acuerdo a una base extrapolada para absorber el monto del impuesto y que no resulte en pagos directamente del bolsillo del empleado.
En caso de una venta de la empresa o un IPO en donde el participante venda sus acciones, la ganancia resultante por lo general es ganancia de capital. Además, para poder recompensar a los empleados por sus esfuerzos en posicionar a la empresa para una venta o IPO, todas las acciones sin titularidad se asignarán al momento de la transacción.
Las acciones serán “restringidas”, lo que significa que no podrán ser transferidas o vendidas y si el participante deja la empresa, por lo general existen medidas de compra inversa que aseguran el regreso de esas acciones a la empresa. Hay una variedad de medios para conseguir esto. Por ejemplo, si el participante es despedido por cierto motivo, entonces el valor de recompra podrá ser de acuerdo al valor en libros, el cual podrá ser menor al precio original de compra.
Este tipo de programa de acciones se conoce comúnmente como plan de compra restringida de acciones.
Otro tipo de programa de capital directo es el que permite a ciertos empleados adquirir cierto número de acciones de la empresa cada año al valor vigente en ese momento por medio de descuentos por nómina. De nuevo, la propiedad de estas acciones por lo general se devenga con el tiempo para asegurar la continuidad del empleo. Este tipo de programa también incluye por lo general derechos de recompra.
En todos estos casos, debido a que las acciones o los intereses de la membresía se emiten en realidad para el participante, y después a la propiedad que le ha sido devengada, el participante podrá elegir las acciones –si existen acciones para elegir- y el/ella tendrá también derecho a una parte proporcional de cualquier dividendo o reparto. En algunos casos, la acción restringida se emite como garantía permitiendo así los derechos de elección y participación de dividendos.
Opciones
Otra forma de programas de capital incluye la emisión de participaciones accionarias para participantes apropiados. Estas opciones por lo general se presentan de dos maneras. La primera es conocida como Opciones de Incentivos en Acciones o ISO, por sus siglas en inglés. Estas opciones tienen ciertas ventajas en el impuesto sobre la renta y no constituyen una compensación para el empleado, ni al momento de otorgarse ni cuando se hagan válidas. Una ISO da al empleado el derecho pero no la obligación de comprar acciones a un precio fijo durante cierto periodo de tiempo (no más de 10 años). Para calificar para un ISO, el precio de ejercicio debe ser igual al precio de las acciones en el mercado al momento del otorgamiento. Si el empleado ejerce un ISO, a él o ella le será asignado un número de acciones cubiertas por la opción al momento de pago del precio en ejercicio. En algunos planes, el precio de compra se puede demostrar por medio de un pagaré. Habitualmente, un empleado no reconocerá el ingreso gravable al momento de la adjudicación o al momento de la ejecución y al momento de la venta de las mencionadas acciones, cualquier ganancia de las mismas será considerada como ganancia de capital.
La segunda forma se conoce como opción accionaria no calificada, o NQSO, por sus siglas en inglés. Estas acciones se pueden emitir a precios del ejercicio menores al valor actual de mercado, pero en este caso, pueden existir consecuencias de impuestos negativas para el participante incluyendo sanciones fiscales en ciertas circunstancias. De igual forma, un NQSO puede ejercerse por un periodo mayor a 10 años. Al momento de ejercerse, la diferencia entre el precio de ejercicio y el valor de las acciones en el mercado al momento del ejercicio, por lo general constituyen un ingreso regular adicional para el participante y la correspondiente deducción para la empresa por compensaciones pagadas.
Existen muchos matices y complejos asuntos de impuestos relacionados con las participaciones accionarias. Esto es únicamente un breve resumen de algunos de los puntos básicos.
Compensación Diferida y Programas sobre Acciones
Las dos formas más utilizadas de programas de compensación de incentivos se conocen como derechos de revalorización de acciones y planes de acciones fantasma. Aún cuando parecen incluir cierta forma de acciones, en realidad son formas de compensación diferidas.
Los derechos de revalorización de acciones o SARs por sus siglas en inglés, otorgan al participante el derecho a disfrutar del valor futuro de una acción. Por ejemplo, si una acción tiene un valor de $10 por unidad cuando se le otorga al empleado un SAR, y el valor de la acción crece a $20 por unidad, entonces al momento en que el SAR se vuelve pagadero –lo cual es por lo general al momento del retiro o en caso de ocurrir una situación de liquidación tal como una fusión o venta de la empresa-, el empleado recibirá $10 por acción.
Los SARs no son equivalentes a las acciones reales. El titular de un SAR no tiene derecho de voto en ninguna de las acciones o intereses y por lo general no está autorizado para recibir pago de dividendos u otras prestaciones.
Los planes de acciones fantasma son similares a los SARs. Se asigna a un empleado calificado cierto número de unidades, por lo general basado en algunas mediciones de desempeño, y esas unidades son equivalentes a cierto número de acciones. En caso y al momento de ocurrir algún evento de liquidación, el empleado recibirá el valor de esas acciones fantasma. El valor no está necesariamente limitado al valor incrementado desde la fecha en que las acciones o unidades fantasma fueron emitidas y pueden basarse en un precio de referencia o valor de un periodo anterior. En cuanto a los SARs, los portadores de las unidades accionarias fantasma no tienen derecho de voto, dividendo u otras prestaciones.
Debido a que estos tipos de planes no involucran la emisión real de acciones, no resultan en la emisión de incentivos de la empresa. Y habitualmente los empleados no pagan nada para recibir los SARs o las unidades accionarias fantasma. Como resultado, las cantidades pagadas a los empleados que tengan estos tipos de compensaciones en base a desempeño serán consideradas como ingresos regulares, a diferencia de las ganancias de capital, siempre y cuando y si reciben cualquier efectivo por sus acciones.
Lo anterior es un panorama muy básico de los bonos de capital y las compensaciones sobre acciones. Las leyes fiscales, contables y accionarias involucradas en cada uno de estos programas son complejas y complicadas. Por ejemplo, es muy probable que una empresa desee combinar uno o varios de estos tipos de programas y esto se lleva a cabo muy comúnmente. Sin embargo, esto requiere una cuidadosa planeación y análisis. Este resumen es para proporcionar al lector una visión muy amplia de este tipo de programas. Por favor consulte con su asesor financiero y legal para discutir más acerca de cualquier programa en específico.
Aviso de Circular 230 del ISR: Cualquier asesoría fiscal proporcionada por este medio (incluyendo cualquier anexo) no pretende ni ha sido escrita para ser usada, y no puede ser utilizada, con el propósito de evitar multas que puedan imponerse a cualquier contribuyente.